¿Te vas a estudiar a una ciudad nueva, sales de Erasmus o por fin te emancipas de casa de tus padres? Antes de nada, enhorabuena: no siempre es un paso sencillo y necesitas una inversión económica que te habrá costado sudor y lágrimas. Vas a entrar en el no-tan-selecto club de alquilados (casi un cuarto de la población española vive de alquiler) y a disfrutar de tu tan ansiada independencia. Pero no todo va a ser de color de rosa, aunque te lo intenten vender como tal: los contratos de alquiler son una parte muy oscura de este proceso.
No todo el mundo presta la atención que un contrato de arrendamiento merece. Si llega tu casero, sonriente, con las llaves en la mano, ¿por qué deberías hacerlo? Algunos arrendatarios aprovechan la coyuntura para colar cláusulas que limitan los derechos de los inquilinos y, en algunos casos, son ilegales. Por eso, en Yasss te traemos las claves para que firmes tu primer contrato de alquiler con la seguridad de que no te la están colando. Allá va.
En primer lugar, cuando firmamos un contrato de alquiler, el casero cede el uso de una vivienda a un inquilino por un tiempo (meses o años), escrito en el contrato. También en ese documento se indica el precio de la renta, y el arrendatario se compromete a devolver la casa tal y como la recibió. ¿Por qué decimos esto? Porque esa tendencia tan de casero a autoinvitarse a merendar un sábado por la tarde no está muy allá: en el momento en el que firmáis el documento, pasa a ser tu casa y, salvo que tú le ofrezcas que vaya a pasar la tarde contigo, no puede pasearse por allí cuando quiera.
En el contrato estará marcado todo: el nombre y el documento discal de arrendador y arrendatario, la dirección de la vivienda, la duración del contrato, la renta inicial pactada entre ambos… y la fianza y el depósito. Se suele dar un mes del precio del alquiler mensual como fianza y, a veces,hasta dos mensualidades más como garantía adicional. Es una especie de promesa, algo así como darle 600 pavos que él o ella se compromete a devolver si pagas regularmente y conservas la vivienda en buen estado.
Esta cuantía se devuelve al finalizar el contrato. Comprueba todo en este punto dos o tres veces y asegúrate de que, salvo que quemes el piso, te van a devolver la fianza. Eso incluye chequear cuál es el plazo para comunicar la extinción del contrato. Vaya, que, si te vas a ir, debes anunciarlo con unos meses de antelación. Apunta bien cuántos son, por si lo necesitas más adelante. También te recomendamos hacer un inventario detallado de todo lo que hay por la casa y acompañarlo de fotos y documentos, para que no haya problemas al final.
Esto también está marcado en el contrato, especialmente si firmas para quedarte en la casa más de un año o curso académico. La actualización anual de la renta es uno de los puntos clave de cualquier contrato: solo se puede hacer si en el contrato pone algo al respecto. En ese caso, ambas partes pueden modificar el precio, si bien el incremento nunca podrá ser superior al que indica el IPC. Pero, si nadie ha escrito nada, el precio no se puede cambiar mientras el contrato esté vigente.
Sobre la renovación del contrato también hay bastante descontrol, especialmente cuando se trata de una vivienda para estudiantes. Apunta: si la duración de tu contrato es inferior a cinco años (siete si tu arrendador es persona jurídica), la prorroga se hace de forma automática, salvo que el arrendatario avise con antelación (si el contrato no dice nada, 30 días son suficientes) de su intención de no renovarlo. Ahora bien, el casero te puede echar sin avisar si necesita la vivienda para sus familiares más cercanos, siempre y cuando lo haya añadido en el contrato.
Tu casero es el responsable de la vivienda, aunque seas tú quien la habitas. Y esto está muy clarito: si se estropea la lavadora, debe ponerte una nueva, y si se fastidia la caldera, también. La ley obliga a que el arrendador realice todas estas reparaciones para “conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad” sin subir por eso tu alquiler, aunque hay un ‘pero’: las reparaciones más pequeñas, que se deban al desgaste por el uso de la vivienda, o aquellas que sean directamente culpa tuya son tu responsabilidad. Deja claros los términos antes de firmar nada.
En conclusión, tu arrendador tiene derecho a recibir puntualmente el pago de la renta acordada, a exigir al inquilino que repare los daños que este haya causado en la vivienda, a aumentar la renta en función de lo especificado en el contrato y a solicitar la resolución judicial del alquiler si el inquilino no le paga. Ahora bien, también tiene la obligación de pagar los impuestos y tasas municipales, a mantener el contrato de alquiler aunque se cambie de propietario, a reparar lo que le toca, a entregarte un justificante de pago si no se realiza vía transferencia bancaria y a devolver la fianza si no hay daños en la vivienda.