El Juzgado de lo Penal de Soria ha condenado a un año de prisión al hombre que dio una bofetada a su esposa mientras ésta realizaba una emisión en directo a través de TikTok. Se la condena como autor de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia contra la mujer por agresión "ante miles de personas". La sentencia incluye, además, tres años de prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la persona, domicilio y lugar de trabajo de la víctima y de comunicar con ella por cualquier medio o procedimiento, directo o indirecto.
Por mucho que la mujer dijera que no es "una mujer maltratada" y que era "un show consensuado para ganar seguidores", la juez ha estimado, una vez valorada la prueba en su conjunto, que "el acusado, de una manera pública y notoria, ante miles de personas, agredió a su esposa, con intención de menoscabar su integridad física y de humillarla en público".
De esta forma, ha añadido que "sin que conste que le causara lesiones, se produjo un maltrato evidente y real, con lo cual se cumplen todos los requisitos previstos en el art. 153.1 del Código Penal y procede la condena del acusado como autor de un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia contra la mujer", aunque éste no fuera denunciado.
Tras la difusión del vídeo de TikTok, donde los demás integrantes se quedaron muy sorprendidos de lo ocurrido - le pedían a Simona que llamara a su marido y, entonces, él aparece para darle una bofetada en toda la cara - ella intentó convencer al público de que todo había sido un truco. Quería que la "dejaran en paz" para hacer en sus redes lo que "quisiera" y aseguró que se iba a quedar al lado de Simón y de su familia. Aunque en ese momento el autor de la lesión quedó en libertad provisional, finalmente, ha sido condenado.
En la graduación de la pena, la juez ha tenido en consideración que el hombre "golpeó a la víctima en público, ante miles de personas, con la finalidad, además de causarle un maltrato físico, de humillarla y menospreciarla ante sus amigos y conocidos; impuso su dominación sobre su esposa ante las redes sociales, sin que el hecho de que estuviera en directo le hiciera detener su agresión".
"Esta conducta merece el mayor reproche penal que permite la ley, merece que se imponga la pena en su grado máximo, ya que el acusado no es capaz de respetar a su esposa, ni siquiera en público", recoge el fallo. Además, "esta conducta ya ha sido repetida en ocasiones anteriores, ya que la víctima reconoce que, con anterioridad a estos hechos, ha recibido dos palizas".