Pongámonos en situación: estás en tercero de carrera y tienes que matricularte de una asignatura de prácticas obligatorias para poder terminar tu grado. Entras en una empresa que tiene convenio con tu centro para tres meses, sin cobrar un duro (aunque tengas que pagar matrícula de la universidad, estancia en otra ciudad o desplazamientos, por ejemplo), pero cuando acabas decides ampliar tu periodo de prácticas. “Viene bien para mi currículum y estoy trabajando muy duro. Quizás después de un tiempo quieran contar conmigo”, piensas.
Pero pasan los meses y nadie te habla de un contrato serio. Mientras se acumulan las facturas en tu casa, tus jefes te recuerdan que “estás aprendiendo mucho, esto te será muy útil en el futuro”. Si eso está muy bien, señora, pero mi casero no acepta pagos emocionales a cambio del alquiler. Al final, muchos estudiantes se ven obligados a dejar de trabajar “en su campo” para firmar un contrato en una tienda o supermercado que sí les pague las horas trabajadas.
La mayoría de los contratos de becario no están remunerados, aunque desde el año pasado las empresas están obligadas a dar de alta a los estudiantes en la Seguridad Social. Y aunque todos nos sabemos algún chistecito de becarios (es culpa de uno si algo está mal hecho), la verdad es que el mundo de las prácticas puede ser un infierno. En Yasss te contamos todo sobre los tipos de contratos, para que esa transición de los estudios al mundo laboral sea un poco más sencilla.
Para muchas empresas (incluidas las instituciones públicas), los becarios son un negocio. Hablamos de contratar a un estudiante como becario para formarle unos meses, hasta que adquiera cierta soltura y pueda realizar las labores de un trabajador. Sin embargo, después le mantienes las condiciones laborales de un trabajador “en formación”. El empresario aprovecha una relación laboral mucho más barata (con tintes de explotación) para ahorrarse dinero en la contratación de personal. Un ahorro para ti, un pasito atrás para el estudiante.
A este fenómeno, tan común en España, se le ha llamado becarización laboral. Lo explica UGT en su ‘Guía sobre Becas, Contratos en Prácticas y Contratos para la Formación’: “La clave fundamental para saber si se están respetando unas prácticas profesionales como becario es que no pueden desarrollar las labores propias de un trabajador contratado. La función de las becas es exclusivamente formativa. Del mismo modo, ha de ser compatible con la formación académica y ha de estar tutorizada por una persona que será la responsable del desarrollo de las mismas”. En los centros formativos, tendrás un tutor de prácticas en la escuela o universidad y otro en la empresa en que te formes. Normalmente será tu jefe.
Hay muchas opciones de entrada en el mundo laboral, y conviene conocerlas para no pringar más de la cuenta. En el caso de los matriculados en un ciclo de FP, deben realizar prácticas profesionales para poder graduarse. Su contrato en centros de trabajo está orientado a adquirir capacidades y conocer el entorno en el que van a desarrollar la actividad profesional para la que han estudiado. Estas prácticas se suelen realizar al final del grado, deben incluir al menos un seguro de responsabilidad civil y accidentes y pasar al menos tres meses en esta empresa. El convenio, que abarca entre 350 y 700 horas, podrá alargarse hasta un año, será evaluable y puede o no puede estar retribuido. Si la empresa no cumple con las condiciones que tú has firmado podrás interrumpir las prácticas, siempre y cuando avises con 15 días de antelación.
Las prácticas académicas de los estudios universitarios funcionan de manera casi idéntica a las de los grados de FP. Se suelen realizar en la segunda mitad de la etapa formativa. La empresa debe dar de alta al estudiante en la Seguridad Social y pueden estar incluidas en el plan de estudios (curriculares) o hacerse de manera voluntaria (extracurriculares). Como hemos dicho antes, pueden estar remuneradas, aunque en la mayoría de los casos no lo están u ofrecen una cuantía muy reducida.
Esas son las oportunidades laborales de los estudiantes que aún no se han graduado. Para los que ya tienen título, existen los contratos en prácticas. Estas relaciones laborales pueden ser a jornada parcial o completa, tiene periodos de prueba (de un mes a dos) y pueden alargarse hasta dos años. Establecen una relación laboral, así que deben estar remuneradas. El salario no puede ser nunca inferior al 60% del que fija el convenio para un trabajador en ese puesto.