Abortar en España: los obstáculos a los que se enfrentan las mujeres que quieren interrumpir su embarazo
Según el Ministerio de Sanidad, de los 99.149 abortos que se practicaron en España en 2019, solo el 14,3% se realizaron en centros públicos
El auge de los movimientos provida y las manifestaciones frente a clínicas de aborto han aumentado el debate sobre la nueva ley de salud sexual y reproductiva
Analizamos los obstáculos a los que se enfrentan las mujeres que quieren interrumpir su embarazo
Durante los últimos años múltiples países se han manifestado en defensa de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, reivindicando el aborto seguro, libre y gratuito, entre ellos Chile, Colombia o México. Sin necesidad de cruzar el charco, conviene preguntarnos cómo es la legislación española, y es que, pese a que en nuestro país es legal la interrupción voluntaria del embarazo desde 2010, lo cierto es que las mujeres que quieren abortar se enfrentan a una serie de obstáculos médicos y psicológicos en pleno año 2021.
La Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo se remonta a marzo de 2010. Durante la legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero se garantizó, tal y como figura en el Boletin Oficial del Estado, “el derecho a la maternidad libremente decidida, que implica, entre otras cosas, que las mujeres puedan tomar la decisión inicial sobre su embarazo y que esa decisión, consciente y responsable, sea respetada”.
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Según dicha ley, la mujer debe ser informada de todas las prestaciones, ayudas y derechos si desea continuar su embarazo, así como de las consecuencias médicas, psicológicas y sociales que provocaría la interrupción voluntaria de este. Después, esta dispone de un plazo de reflexión de 3 días como mínimo para tomar la decisión.
Por otro lado, en ella se regulan las semanas de gestación a partir de las cuales el aborto está prohibido, un plazo temporal avalado por la comunidad científica y basado en los informes de neonatología: son 14 semanas con una excepción. Si existe “grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada”, o “riesgo de graves anomalías en el feto”, el plazo temporal es de 22 semanas. Después de ese tiempo sólo es legal la interrupción voluntaria del embarazo si se detectan anomalías fetales incompatibles con la vida. En estas situaciones excepcionales será necesario un dictamen de un médico distinto al que practicará el aborto, un informe de dos especialistas diferentes o la confirmación de un comité clínico.
Como vemos, legalmente el aborto está permitido en nuestro país durante las primeras 14 semanas y en situaciones excepcionales, incluso después, pero ni es oro todo lo que reluce, ni se lleva a la práctica todo lo que promete esta ley. Es por ello que desde 2020 el Ministerio de Igualdad está planteando una reforma de la Ley de salud sexual y reproductiva en la que se regulen uno a uno todos los obstáculos a los que se enfrentan las mujeres que quieren interrumpir voluntariamente su embarazo. En Yasss hemos recogido algunos de ellos:
1. La objeción de conciencia
La objeción de conciencia en medicina es la negativa de un profesional sanitario a realizar un acto médico siendo este legal, pero considerándolo contrario a sus principios morales o al código de deontología médica. Es decir, priorizar las convicciones éticas, ideológicas, religiosas o filosóficas personales a la ley o, en algunos casos, las necesidades y salud del paciente.
En el caso del aborto, son muchos los profesionales que se acogen a la objeción de conciencia, algo que ha sido denunciado activamente en los últimos meses a raíz del testimonio de Marta Vigara, de 37 años, que ha denunciado al Hospital Clínico San Carlos de Madrid por negarse a practicarle un aborto durante la semana 17 de embarazo pese a que el feto era inviable y ponía en riesgo su vida. Todos los sanitarios se negaron justificándose en la objeción de conciencia, tal y como ha señalado el propio centro sanitario, y según el Ministerio de Sanidad, puede tratarse de un caso de mala praxis médica.
2. La dificultad para abortar en centros públicos
Según el informe de Interrupciones Voluntarias del Embarazo del año 2019 proporcionado por el Ministerio de Sanidad, en dicho año se practicaron 99.149 abortos. De ellos, el 6,2% se realizaron en hospitales públicos, 6,7% se realizaron en hospitales privados, 8,1% se realizaron en centros extrahospitalarios públicos y 79% se realizaron en clínicas privadas. Estas cifras revelan que solo el 14,3% de los abortos están cubiertos por la Seguridad Social.
Pese a que en los centros privados el trato es totalmente respetuoso y profesional, nos enfrentamos a una situación de desventaja económica, ya que muchas mujeres no pueden permitirse la interrupción voluntaria de su embarazo, pero también de desventaja de recursos, ya que, si se produce cualquier complicación durante el proceso, no hay los mismos recursos médicos que en un hospital. Afortunadamente estas complicaciones no son habituales, ya que los procesos para interrumpir voluntariamente el embarazo a día de hoy son seguros y cuentan con todas las garantías médicas, pero seguimos dejando en el aire la cuestión económica en torno a este debate.
3. La desinformación sobre el aborto
A las dificultades para interrumpir voluntariamente un embarazo en un centro público se suma la desinformación respecto al aborto. En ninguna charla de educación sexual se habla del tema y son muchas las mujeres que no saben dónde informarse, a quién acudir o qué hacer en caso de querer interrumpir su embarazo.
Pero no solo están desinformadas las mujeres que en algún momento se plantean abortar o que simplemente tienen dudas sobre qué deberían hacer si en un futuro quieren o deben hacerlo, sino que los propios sanitarios también se enfrentan a este obstáculo. Desde la Federación de Planificación Familiar Española (FPFE) se ha señalado que los médicos se enfrentan a presión por parte de compañeros para no realizar abortos. La objeción de conciencia no es por lo tanto una decisión personal, sino una decisión para evitar discriminación y trabas en su desarrollo profesional. Es por ello que la FPFE propone incluir formación más completa y rigurosa sobre el aborto a estudiantes de medicina, residentes y médicos especialistas.
4. Las mujeres de 16 y 17 años tienen más impedimentos
Es evidente que una decisión como la interrupción voluntaria de un embarazo debe ser meditada. No es algo impulsivo, por eso se ofrece a las mujeres información sobre las ayudas de las que dispone en caso de seguir con el embarazo, y de los riesgos médicos y psicosociales de abortar. Esta información es necesaria, el problema surge cuando no se respeta la libertad de decisión de las mujeres.
En primer lugar, el aborto es el único procedimiento en el sistema de salud que exige que las menores de 16 y 17 años acrediten el consentimiento de uno de sus progenitores o tutores legales. Según la ley de 2010, solo era necesario informar a un progenitor y en casos excepcionales, por ejemplo, si hay violencia intrafamiliar, no hacía falta que ellos lo supieran, pero sí una trabajadora social. En cualquier caso, la decisión final es de la mujer.
En 2015 el gobierno de Mariano Rajoy realizó una reforma de la ley añadiendo la obligatoriedad de que uno de los progenitores consintiese la interrupción voluntaria del embarazo. Ya no solo hay que informar, sino también pedir permiso, por lo que la decisión final recae sobre los padres o tutores legales.
El objetivo de la nueva ley que plantea el Ministerio de Igualdad es retomar el planteamiento de 2010 y que solo sea necesario informar a un progenitor sin que éste deba dar su consentimiento.
Además de los impedimentos a las menores de 16 y 17 años, la nueva ley también quiere modificar los tres días de reflexión antes de tomar ninguna decisión, un requisito que es exclusivo del aborto puesto que no se exige en ningún otro procedimiento quirúrgico o médico. El argumento es que la decisión de abortar ya está premeditada cuando una mujer acude a un centro de salud, por lo que es un acto deliberado y que no necesita tutela ni consejos paternalistas.
Finalmente, se ha criticado la información que se proporciona a las mujeres que quieren abortar. Según la ley de 2010, cuando quieres interrumpir tu embarazo se te proporciona un sobre cerrado con la siguiente información:
- Las ayudas públicas para mujeres embarazadas y madres.
- La cobertura médica durante el embarazo y el parto.
- Los derechos laborales durante el embarazo y la maternidad.
- Los beneficios fiscales por tener un hijo.
- Los centros disponibles para recibir información sobre métodos anticonceptivos.
- Los centros disponibles para asesorarse antes y después del aborto.
Sin embargo, organizaciones como Open Democracy han denunciado que algunos de esos centros informativos que se publicitan como neutrales en realidad están vinculados a asociaciones provida, lo que afecta a la libertad de decisión de la mujer.
5. El acoso por parte de miembros de grupos provida
Además de las dificultades que encuentran las mujeres en el sistema, nos topamos con el auge de movimientos extremistas provida que se organizan para acosar a las pacientes de centros privados de interrupción de embarazo.
Organizan quedadas a las puertas de dichos centros y se coordinan a través de grupos de WhatsApp, contando con un protocolo de actuación cuando ven a una nueva paciente: impedir su paso y avasallarla a preguntas para que no cruce las puertas de entrada. También cuentan con pancartas en las que se leen mensajes como “rezamos por ti y por tu bebé”, “sí a la vida, no al aborto” o “el aborto no te libera de ser madre, solo te hace madre de un niño muerto”.
No son simples fanáticos, también hay médicos entre sus filas. Entre ellos, Gádor Joya, diputada de Vox, médico especialista en pediatría y miembro del proyecto Ambulancia Vida, o Jesús Póveda, médico psiquiatra y fundador de la Escuela de Rescate a la Madrileña, ambos grupos provida con el mismo modus operandi. Aparcan en la puerta de los centros privados, persuaden a las pacientes para entrar en el furgón y les realizan una ecografía para convencerlas de que no aborten.
Estos grupos afirman que hacen una labor social. Según ellos, solo ofrecen una reflexión final a las mujeres para que decidan libremente, sin embargo, la línea que separa la información de la intimidación se vuelve difusa en las inmediaciones de las clínicas donde se practican abortos. Además, el protocolo legal en España ya ofrece a las mujeres que quieren abortar información sobre sus opciones, no necesitan que un grupo de desconocidos las intimiden, las presionen o las tachen de asesinas. Es por ello que el Congreso ha aprobado en octubre la proposición de ley que impone la pena de cárcel para los miembros de grupos provida que obstaculicen al aborto.