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Madrid estrena una ayuda de 500 euros al mes para madres menores de 30 años: requisitos para solicitarla

  • La ayuda puede solicitarse desde el día 1 de enero de 2022 de manera online o presencial

  • Consiste en un bono mensual de 500 euros al mes desde el quinto mes de embarazo hasta que el bebé cumpla dos años

  • Es compatible con otras ayudas, pero para que se te conceda tendrás que cumplir una serie de requisitos

Desde el 1 de enero, las madres menores de 30 años que tengan una renta que no supere los 30.000 euros y que residan en la Comunidad de Madrid podrán acceder a una ayuda económica de 500 euros al mes, la cual forma parte del plan de impulso a la natalidad, la familia y la conciliación que Isabel Díaz Ayuso presentó en junio.

Es más, la prestación consiste en un abono mensual de 500 euros desde el quinto mes de embarazo hasta que el bebé cumpla dos años. Por tanto, podrán optar a estas ayudas las mujeres que, a 1 de enero, estén en la semana 21 de gestación o siguientes, así como las madres que hayan tenido un hijo o las personas que hayan adoptado a un menor a partir de esa fecha.

Otra de las cuestiones a tener en cuenta es que esta cantidad se incrementará en la misma cuantía por cada niño adicional cuando se trate de gestaciones, nacimientos o adopciones múltiples. Además, el pago se prolongará hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los dos años, salvo en el caso de las adopciones, en las que el abono de las 24 mensualidades no tendrá en cuenta la edad del menor, sino que comenzará con la inscripción de la adopción en el Registro Civil.

¿Dónde y cómo pedirla?

Para pedir esta ayuda pueden hacerlo o bien de manera online o presencialmente. El enlace para pedir la ayuda se encuentra en la web regional de Ayudas económicas a la natalidad y a través de él se podrá acceder a los formularios que los solicitantes deben presentar junto con la documentación requerida. Una vez completada, podrán optar por tramitarla de manera telemática o presencial.

Según puede leerse en la web, para presentarlo vía online las solicitantes deberán disponer de un certificado electrónico reconocido por la Comunidad de Madrid para presentar la instancia de manera telemática en el Registro Telemático regional.

Por otro lado, quienes opten por la modalidad presencial, deberán acudir a cualquier Oficina de Registro regional y a través de los ayuntamientos adheridos a la Ventanilla Única así como en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado o por correo certificado.

Se estima que el plazo de tramitación y resolución de la solicitud será de tres meses. Una vez aprobada la misma, se reconocerá el derecho a la prestación desde el mes en el que fue presentada y los pagos se realizarán mensualmente a través de una transferencia.

¿Cuáles son los requisitos?

Esta ayuda solo la recibirán aquellas personas que cumplan con todos los requisitos. Para acceder a la ayuda, la tributación individual no podrá superar los 30.000 euros mientras que en tributación conjunta para toda la unidad familiar el límite asciende a 36.200 euros al año. También será requisito llevar al menos 10 años empadronadas en la comunidad.

Además, para que se les conceda deberán residir en la región durante el periodo de abono.

Compatible con otras ayudas

Según explicó Díaz Ayuso en junio, esta ayuda es totalmente compatible con el desempeño de una actividad laboral remunerada por parte de las personas beneficiarias. También es compatible con ayudas a la maternidad de otras administraciones.